Calculadora de finiquito 2026

Lo que te debe la empresa al terminar el contrato, euro a euro: salario, vacaciones, pagas extra, preaviso e indemnización por fin de contrato temporal.

Gratis, sin registro y calculado en tu navegador

Bruto, antes de IRPF y Seguridad Social. Si es al mes, pon el importe de una nómina ordinaria.

Completa los datos para ver tu finiquito.

Estimación orientativa basada en el Estatuto de los Trabajadores (arts. 31, 38 y 49). Última revisión: .

Cómo se calcula

El finiquito suma, en bruto, estos conceptos:

  1. Salario de los días trabajados del último mes: salario mensual / 30 × días. Si la baja es el último día del mes, el mes completo.
  2. Vacaciones no disfrutadas: días de vacaciones del año × días trabajados en el año / 365, menos los ya disfrutados, por el salario diario (salario bruto anual / 365).
  3. Parte proporcional de las pagas extra (si no están prorrateadas): importe de la paga × días devengados / días del periodo de devengo.
  4. Indemnización por fin de contrato temporal: 12 días de salario por año trabajado, proporcional al tiempo de servicio.
  5. Menos el preaviso no cumplido en una baja voluntaria, si tu convenio lo fija.

Ejemplo completo

Trabajas desde el 1 de marzo de 2024 con un salario de 28.000 € brutos al año en 14 pagas (2.000 € por paga), te das de baja voluntaria el 15 de octubre de 2026 con los 15 días de preaviso que exige tu convenio y has disfrutado 15 de tus 30 días de vacaciones.

  • Salario de octubre: 2.000 / 30 × 15 días = 1.000,00 €.
  • Vacaciones: del 1 de enero al 15 de octubre van 288 días, que generan 30 × 288/365 = 23,67 días; quedan 8,67 por disfrutar × 76,71 €/día = 665,19 €.
  • Paga de Navidad (devengo semestral, del 1 de julio al 31 de diciembre, 184 días): llevas 107 días devengados, 2.000 × 107/184 = 1.163,04 €.

Total bruto del finiquito: 2.828,23 €, de los que se descontarán IRPF y cotizaciones.

Casos especiales

  • Despido. El finiquito se calcula igual; la indemnización por despido es aparte y depende del tipo de despido y de la antigüedad.
  • Contratos temporales anteriores a 2015. La indemnización por fin de contrato era de 8 días (hasta 2011), 9 (2012), 10 (2013) u 11 (2014) por año, según la fecha de celebración. La calculadora lo aplica automáticamente.
  • Tiempo parcial. Introduce tu salario real a tiempo parcial: todos los conceptos son proporcionales a él.
  • Vacaciones en días laborables. Si tu convenio las cuenta en días laborables (por ejemplo, 22), conviértelas: 22 laborables equivalen a 30 naturales.
  • Pagas extra con otra cuantía o fechas. El convenio puede fijar pagas distintas al salario mensual o un tercer pago. Ajusta el salario anual para incluirlas.
  • Periodo de prueba. Si la empresa o tú resolvéis el contrato en el periodo de prueba no hay preaviso ni indemnización, pero sí finiquito.

Base legal y fuentes

Preguntas frecuentes

¿Qué es el finiquito?

Es la liquidación de lo que la empresa te debe cuando termina el contrato: el salario de los días trabajados que aún no has cobrado, las vacaciones generadas y no disfrutadas y la parte proporcional de las pagas extra. La empresa debe entregarte una propuesta de liquidación al comunicarte el fin del contrato (art. 49.2 del Estatuto de los Trabajadores).

¿Tengo derecho a finiquito si me voy voluntariamente?

Sí. El finiquito se cobra siempre, sea cual sea el motivo de la baja. Lo que no tienes en una baja voluntaria es indemnización, y si no respetas el preaviso que fija tu convenio, la empresa puede descontar esos días.

¿Cuánto preaviso tengo que dar si me voy de la empresa?

El que diga tu convenio colectivo o, si no dice nada, la costumbre del lugar (art. 49.1.d ET). No hay un plazo legal general: en muchos convenios son 15 días, pero consúltalo en el tuyo.

¿Se pagan las vacaciones no disfrutadas en el finiquito?

Sí. Durante el contrato las vacaciones no se pueden cambiar por dinero (art. 38.1 ET), pero al terminar se pagan las generadas en el año que no hayas disfrutado. Si has disfrutado más de las que te correspondían, la empresa puede descontarlas.

¿Cómo se calcula la parte proporcional de las pagas extra?

Se paga la parte de la paga que has generado desde el inicio de su periodo de devengo hasta tu último día. Con devengo semestral, la paga de verano se genera de enero a junio y la de Navidad de julio a diciembre. Si cobras las pagas prorrateadas cada mes, no hay nada pendiente.

¿Tengo indemnización al terminar un contrato temporal?

Sí, de 12 días de salario por año trabajado en los contratos celebrados desde 2015 (art. 49.1.c ET), salvo en los contratos formativos y de sustitución. Para contratos más antiguos la escala era menor: de 8 a 11 días.

¿El finiquito lleva retención de IRPF?

Sí: el salario, las vacaciones y las pagas extra tributan y cotizan como cualquier nómina, así que cobrarás el bruto menos IRPF y Seguridad Social. Las indemnizaciones tienen un tratamiento fiscal distinto.

¿Tengo que firmar el finiquito? ¿Y si no estoy de acuerdo?

Puedes pedir que esté presente un representante legal de los trabajadores al firmarlo (art. 49.2 ET). Si no estás de acuerdo con los importes, puedes firmarlo indicando que no estás conforme y reclamar después: tienes un año desde que pudiste exigir el pago (art. 59.2 ET).