Calculadora de IVA, IGIC e IPSI
Añade el impuesto a un precio o quítaselo a un total, con el IVA, el IGIC canario o el IPSI de Ceuta y Melilla.
Gratis, sin registro y calculado en tu navegador
Precio con IVA
Total con IVA: 121,00 €
| Precio sin IVA | 100,00 € |
|---|---|
| IVA 21 % | 21,00 € |
| Total con IVA | 121,00 € |
| Tipo | IVA | Total |
|---|---|---|
| 21 % | 21,00 € | 121,00 € |
| 10 % | 10,00 € | 110,00 € |
| 4 % | 4,00 € | 104,00 € |
Estimación orientativa basada en la Ley 37/1992 del IVA, la Ley 4/2012 de Canarias y la Ley 8/1991. Última revisión: .
Cómo se calcula
- Añadir: impuesto = precio × tipo / 100; total = precio + impuesto.
- Quitar: base = total / (1 + tipo / 100), redondeada al céntimo; impuesto = total − base.
Ejemplo
Un ordenador cuesta 605 € con IVA. Base: 605 / 1,21 = 500,00 €; IVA: 105,00 €. En Canarias, ese mismo ordenador de 500 € sin impuestos costaría 535,00 € con el IGIC general.
Casos especiales
- Recargo de equivalencia y retenciones: para una factura completa usa la calculadora de facturas.
- Operaciones exentas: algunas operaciones (sanidad, educación reglada, seguros…) no llevan IVA; no es un 0 % a elegir, depende de la ley.
Base legal y fuentes
Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula el IVA de un precio?
Multiplica el precio sin IVA por el tipo: 100 € × 21 % = 21 € de IVA, y el total es 121,00 €. Para sumarlo de una vez, multiplica por 1,21.
¿Cómo quito el IVA a un precio?
Divide el total entre 1 + el tipo: 121 € / 1,21 = 100 € de base. No restes el 21 % del total: 121 − 21 % daría 95,59 €, que es incorrecto.
¿Qué tipos de IVA hay en 2026?
El 21 % general, el 10 % reducido y el 4 % superreducido (arts. 90 y 91 de la Ley del IVA). Qué tipo corresponde depende del producto o servicio.
¿Qué es el IGIC y cuánto es?
El impuesto que sustituye al IVA en Canarias. El tipo general es el 7 %, y hay tipos del 0, 3, 5, 9,5, 15 y 20 % para determinadas operaciones (art. 51 de la Ley 4/2012 de Canarias).
¿Y el IPSI de Ceuta y Melilla?
Es el impuesto indirecto de Ceuta y Melilla. Cada ciudad fija sus tipos en una ordenanza fiscal, siempre entre el 0,5 % y el 10 % (art. 18 de la Ley 8/1991). Consulta en tu ordenanza el tipo de tu operación y escríbelo en la calculadora.
¿Por qué al quitar el IVA la cuota no es exacta?
Porque la base se redondea al céntimo. Con 50 € y un 10 % de IVA incluido, la base es 45,45 € y el IVA 4,55 €: así base + IVA suman exactamente los 50 €.